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Diez de Bonilla Kuri y Asociados

10/12/2025



Propuesta de reducción de jornada laboral de 48 a 40 horas

Con fecha 3 de diciembre del 2025 se presentó, por parte del Ejecutivo Federal, la iniciativa de reforma constitucional y legal para reducir gradualmente la jornada laboral en México.

La iniciativa propone lo siguiente:

a) Jornada ordinaria semanal de máximo 40 horas

  • Se mantiene el principio de descanso semanal mínimo: al menos 1 día de descanso por cada 6 días trabajados.
  • Se mantiene el tope diario por tipo de jornada: 8 horas diurna, 7 nocturna, 7.5 mixta

b) Trabajo extraordinario

  • Mantiene el criterio de pago de horas extra con 100% adicional sobre lo ordinario.
  • Establece que el trabajo extraordinario no excederá de 12 horas por semana, con posibilidad de distribuirse hasta en 4 horas diarias en máximo 4 días.
  • Si se supera lo permitido: el exceso no podrá ser mayor a 4 horas por semana y obliga a pagar 200% adicional sobre las horas ordinarias.
  • Se agrega un tope: jornada ordinaria + extraordinaria no podrá ser mayor a 12 horas diarias.
  • Se incorpora prohibición: menores de 18 años no podrán laborar tiempo extraordinario.

c) Registro electrónico de jornada (nueva obligación patronal)

  • Se propone una nueva obligación: registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora, incluyendo hora de inicio y finalización, y proporcionarla a la autoridad cuando lo requiera.
  • La STPS emitiría disposiciones de carácter general para definir ámbito de aplicación y excepciones

d) Transitorios (fechas de entrada en vigor y gradualidad)

  • Entrada en vigor de la Ley Federal del Trabajo reformada: 1 de mayo de 2026.
  • Se prevé un periodo de ajuste para los empleadores del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 para adecuar procesos.
  • Reducción gradual de jornada ordinaria:
  • Gradualidad de horas extra (tope semanal de horas extraordinarias):
  • Disposiciones sobre la obligación de registro entrarían en vigor a partir del 1 de enero de 2027.

En base a lo anterior, sugerimos un plan preventivo:

1.- Diagnóstico de jornadas reales y horas extras por puesto/área.

2.- Modelación de escenarios 2026–2030 (dotación, turnos, productividad, costo).

3.- Ruta de cumplimiento para registro electrónico (sistema, políticas, auditoría interna y respuesta a inspecciones).


Propuesta de reducción de jornada laboral de 48 a 40 horas

Diez de Bonilla Kuri y Asociados

10/12/2025



Con fecha 3 de diciembre del 2025 se presentó, por parte del Ejecutivo Federal, la iniciativa de reforma constitucional y legal para reducir gradualmente la jornada laboral en México.

La iniciativa propone lo siguiente:

a) Jornada ordinaria semanal de máximo 40 horas

  • Se mantiene el principio de descanso semanal mínimo: al menos 1 día de descanso por cada 6 días trabajados.
  • Se mantiene el tope diario por tipo de jornada: 8 horas diurna, 7 nocturna, 7.5 mixta

b) Trabajo extraordinario

  • Mantiene el criterio de pago de horas extra con 100% adicional sobre lo ordinario.
  • Establece que el trabajo extraordinario no excederá de 12 horas por semana, con posibilidad de distribuirse hasta en 4 horas diarias en máximo 4 días.
  • Si se supera lo permitido: el exceso no podrá ser mayor a 4 horas por semana y obliga a pagar 200% adicional sobre las horas ordinarias.
  • Se agrega un tope: jornada ordinaria + extraordinaria no podrá ser mayor a 12 horas diarias.
  • Se incorpora prohibición: menores de 18 años no podrán laborar tiempo extraordinario.

c) Registro electrónico de jornada (nueva obligación patronal)

  • Se propone una nueva obligación: registrar electrónicamente la jornada de cada persona trabajadora, incluyendo hora de inicio y finalización, y proporcionarla a la autoridad cuando lo requiera.
  • La STPS emitiría disposiciones de carácter general para definir ámbito de aplicación y excepciones

d) Transitorios (fechas de entrada en vigor y gradualidad)

  • Entrada en vigor de la Ley Federal del Trabajo reformada: 1 de mayo de 2026.
  • Se prevé un periodo de ajuste para los empleadores del 1 de mayo al 31 de diciembre de 2026 para adecuar procesos.
  • Reducción gradual de jornada ordinaria:
  • Gradualidad de horas extra (tope semanal de horas extraordinarias):
  • Disposiciones sobre la obligación de registro entrarían en vigor a partir del 1 de enero de 2027.

En base a lo anterior, sugerimos un plan preventivo:

1.- Diagnóstico de jornadas reales y horas extras por puesto/área.

2.- Modelación de escenarios 2026–2030 (dotación, turnos, productividad, costo).

3.- Ruta de cumplimiento para registro electrónico (sistema, políticas, auditoría interna y respuesta a inspecciones).