sensei
20/08/2019

NOM-035-STPS-2018. FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN.
El pasado 23 de octubre de 2018, se publica la NOM 035-STPS-2018 (en adelante la NOM), misma que entrará en vigor un año después de su publicación, es decir el 23 de octubre del 2019, únicamente por lo que refiere a las obligaciones de los patrones para adoptar, implementar por escrito y difundir medidas preventivas referentes a los factores de riesgo psicosocial y de prevención de la violencia laboral, así como la promoción de un entorno organizacional favorable mediante la difusión de una política encaminada a ello. Mientas que, por lo que refiere a las medidas de identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional favorable mediante cuestionarios y entrevistas, practicar exámenes médicos y contar con registros sobre resultados de las evaluaciones, estas entrarán en vigor dentro de dos años a partir de su publicación, es decir, el 23 de octubre del 2020.
Objetivo de la NOM
Establecer los elementos necesarios para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Para efectos de la NOM, se entiende por factores de riesgo psicosocial, cualquier situación que pueda provocar trastornos de ansiedad, modificaciones negativas al ciclo del sueño, estrés grave, falta de adaptación al entorno laboral, derivado de la naturaleza de las funciones del trabajo y su entorno, de la jornada laboral, acontecimientos traumáticos o actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado. Quedando comprendido en dicho concepto, las cargas de trabajo que exceden las capacidades del trabajador, las jornadas de trabajo superiores a las mínimas establecidas por ley, turnos nocturnos sin períodos de recuperación y descanso, el liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo.
Por entorno organizacional favorable, la NOM lo define como aquel en el cual se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa; la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los trabajadores del centro de trabajo; la participación proactiva y comunicación entre trabajadores; la distribución adecuada de las cargas de trabajo, con jornadas de trabajo regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.
Campo de Aplicación y Obligaciones de la NOM
El cumplimiento de la NOM resulta obligatorio para todas las empresas que cuenten con trabajadores. Sin embargo, hay capítulos específicos de obligaciones que deben cumplirse dependiendo del número de trabajadores.
- Las empresas que cuenten con 1 y hasta 15 trabajadores estarán obligadas a:
1.- Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir una política de prevención de riesgos psicosociales.
2.- Adoptar y difundir medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable y prevención de violencia laboral y combatir prácticas opuestas a estas.
3.- Identificar a trabajadores que hayan sido sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada o al médico de la empresa.
4.- Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral.
- Las empresas que cuenten con 16 a 50 trabajadores están obligadas, además de las obligaciones anteriores, a lo siguiente:
1.- Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores, mediante cuestionarios y entrevistas. Dicha identificación y análisis de factores deberá contemplar lo siguiente.
- Las condiciones en el ambiente de trabajo.
- Cargas de trabajo.
- Falta de control sobre el trabajo.
- Exceso en las jornadas de trabajo y la rotación de turnos,
- La interferencia en la relación trabajo- familia.
- Liderazgo o relaciones negativas en el trabajo.
- Violencia laboral.
2.- Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a la violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial.
3.- Llevar registros de los resultados y difundirlos de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, de las medidas de control adoptadas cuando el resultado lo señale y de los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron exámenes médicos.
- Aquellas empresas que cuenten con 51 trabajadores o más estarán obligadas, además, a lo siguiente:
1.- Llevar a cabo el análisis y evaluación del entorno organizacional favorable mediante cuestionarios. La evaluación del entorno organizacional favorable deberá comprender:
- El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa.
- La formación para la adecuada realización de las tareas.
- La definición precisa de las responsabilidades de los trabajadores.
- La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores
- La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares.
- La evaluación y el reconocimiento del desempeño.
2.- Llevar registros y difundirlos sobre las evaluaciones del entorno organizacional favorable.
A su vez los trabajadores tienen la obligación de observar las medidas de prevención, las cuales los patrones deberán hacerles llegar por escrito, con la finalidad de controlar los factores de riesgo psicosocial, participar para el desarrollo del entorno organizacional favorable, prevenir actos de violencia laboral, abstenerse a realizar cualquier actividad contraria a lo dispuesto por la NOM e informar sobre cualquier conducta contraria a lo dispuesto por la misma.
Forma de cumplir con la NOM
La misma NOM prevé diversas acciones para la prevención de factores de riesgos psicosociales, así como para el desarrollo del entorno organizacional favorable, como es poniendo a disposición de los trabajadores un buzón de quejas, así como aplicando cuestionarios y entrevistas a los trabajadores, de los cuales la misma NOM ofrece guías con ejemplos de cuestionarios con la finalidad de simplificar el cumplimiento de la misma, así como la forma de evaluar los resultados de dichos cuestionarios y las acciones que se deberán adoptar según el resultado de la evaluación.
Por lo anterior, en DIEZ DE BONILLA, KURI Y ASOCIADOS, S.C., nos ponemos a sus órdenes a efecto de asesorarlos con mayor precisión para poder dar cumplimiento con la presente NOM en cada uno de sus centros de trabajo.

NOM-035-STPS-2018. FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN.
sensei
20/08/2019
El pasado 23 de octubre de 2018, se publica la NOM 035-STPS-2018 (en adelante la NOM), misma que entrará en vigor un año después de su publicación, es decir el 23 de octubre del 2019, únicamente por lo que refiere a las obligaciones de los patrones para adoptar, implementar por escrito y difundir medidas preventivas referentes a los factores de riesgo psicosocial y de prevención de la violencia laboral, así como la promoción de un entorno organizacional favorable mediante la difusión de una política encaminada a ello. Mientas que, por lo que refiere a las medidas de identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional favorable mediante cuestionarios y entrevistas, practicar exámenes médicos y contar con registros sobre resultados de las evaluaciones, estas entrarán en vigor dentro de dos años a partir de su publicación, es decir, el 23 de octubre del 2020.
Objetivo de la NOM
Establecer los elementos necesarios para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Para efectos de la NOM, se entiende por factores de riesgo psicosocial, cualquier situación que pueda provocar trastornos de ansiedad, modificaciones negativas al ciclo del sueño, estrés grave, falta de adaptación al entorno laboral, derivado de la naturaleza de las funciones del trabajo y su entorno, de la jornada laboral, acontecimientos traumáticos o actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado. Quedando comprendido en dicho concepto, las cargas de trabajo que exceden las capacidades del trabajador, las jornadas de trabajo superiores a las mínimas establecidas por ley, turnos nocturnos sin períodos de recuperación y descanso, el liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo.
Por entorno organizacional favorable, la NOM lo define como aquel en el cual se promueve el sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa; la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los trabajadores del centro de trabajo; la participación proactiva y comunicación entre trabajadores; la distribución adecuada de las cargas de trabajo, con jornadas de trabajo regulares conforme a la Ley Federal del Trabajo, y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.
Campo de Aplicación y Obligaciones de la NOM
El cumplimiento de la NOM resulta obligatorio para todas las empresas que cuenten con trabajadores. Sin embargo, hay capítulos específicos de obligaciones que deben cumplirse dependiendo del número de trabajadores.
- Las empresas que cuenten con 1 y hasta 15 trabajadores estarán obligadas a:
1.- Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir una política de prevención de riesgos psicosociales.
2.- Adoptar y difundir medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable y prevención de violencia laboral y combatir prácticas opuestas a estas.
3.- Identificar a trabajadores que hayan sido sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada o al médico de la empresa.
4.- Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral.
- Las empresas que cuenten con 16 a 50 trabajadores están obligadas, además de las obligaciones anteriores, a lo siguiente:
1.- Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, incluyendo a todos los trabajadores, mediante cuestionarios y entrevistas. Dicha identificación y análisis de factores deberá contemplar lo siguiente.
- Las condiciones en el ambiente de trabajo.
- Cargas de trabajo.
- Falta de control sobre el trabajo.
- Exceso en las jornadas de trabajo y la rotación de turnos,
- La interferencia en la relación trabajo- familia.
- Liderazgo o relaciones negativas en el trabajo.
- Violencia laboral.
2.- Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a la violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial.
3.- Llevar registros de los resultados y difundirlos de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, de las medidas de control adoptadas cuando el resultado lo señale y de los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron exámenes médicos.
- Aquellas empresas que cuenten con 51 trabajadores o más estarán obligadas, además, a lo siguiente:
1.- Llevar a cabo el análisis y evaluación del entorno organizacional favorable mediante cuestionarios. La evaluación del entorno organizacional favorable deberá comprender:
- El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa.
- La formación para la adecuada realización de las tareas.
- La definición precisa de las responsabilidades de los trabajadores.
- La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores
- La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares.
- La evaluación y el reconocimiento del desempeño.
2.- Llevar registros y difundirlos sobre las evaluaciones del entorno organizacional favorable.
A su vez los trabajadores tienen la obligación de observar las medidas de prevención, las cuales los patrones deberán hacerles llegar por escrito, con la finalidad de controlar los factores de riesgo psicosocial, participar para el desarrollo del entorno organizacional favorable, prevenir actos de violencia laboral, abstenerse a realizar cualquier actividad contraria a lo dispuesto por la NOM e informar sobre cualquier conducta contraria a lo dispuesto por la misma.
Forma de cumplir con la NOM
La misma NOM prevé diversas acciones para la prevención de factores de riesgos psicosociales, así como para el desarrollo del entorno organizacional favorable, como es poniendo a disposición de los trabajadores un buzón de quejas, así como aplicando cuestionarios y entrevistas a los trabajadores, de los cuales la misma NOM ofrece guías con ejemplos de cuestionarios con la finalidad de simplificar el cumplimiento de la misma, así como la forma de evaluar los resultados de dichos cuestionarios y las acciones que se deberán adoptar según el resultado de la evaluación.
Por lo anterior, en DIEZ DE BONILLA, KURI Y ASOCIADOS, S.C., nos ponemos a sus órdenes a efecto de asesorarlos con mayor precisión para poder dar cumplimiento con la presente NOM en cada uno de sus centros de trabajo.